Después de seis meses, quienes ejercen los múltiples niveles de poder en España se han acostumbrado a los goces del estado de alarma. Dan la impresión de que sería bueno para el ejercicio de la política cotidiana que existiese una figura de confinamiento perimetral permanente revisable, por nuestro bien sin duda. Además quien tenga objeciones puede ir al Supremo que es rápido y barato.
También deja el fin del estado de alarma la sensación de que, tras meses de medidas discrecionales algunas graciosas y dictatoriales, como la obligación de mascarilla en toda vía publica aunque sea en un paraje desierto, la estricta obligación del domingo dando paso el lunes a la ausencia de toda norma y de todo consenso, es un canto a la improvisación, por nuestro bien sin duda.
Lo que dice la Ley 2/2021, de 29 de marzo,
Artículo 6. Uso obligatorio de mascarillas.1. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos: a) En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
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